Poder de personas físicas

 

Para la formalización de poder general para pleitos y cobranzas se requiere:

  • Datos generales del otorgante (nombre completo, domicilio, ocupación, estado civil, Constancia de Situación Fiscal Actualizada o Cédula Fiscal, Clave Única de Registro de Población (CURP) y credencial de elector vigente o pasaporte; y
  • Nombre completo del apoderado.

 

Para la formalización de poder general para actos de administración se requiere:

  • Datos generales del otorgante (nombre completo, domicilio, ocupación, estado civil, Constancia de Situación Fiscal Actualizada o Cédula Fiscal, Clave Única de Registro de Población (CURP) y credencial de elector vigente o pasaporte; y
  • Nombre completo del apoderado.

 

Para la formalización de poder general para actos de dominio se requiere:

  • Datos generales del otorgante (nombre completo, domicilio, ocupación, estado civil, Constancia de Situación Fiscal Actualizada o Cédula Fiscal, Clave Única de Registro de Población (CURP) y credencial de elector vigente o pasaporte; y
  • Nombre completo del apoderado.

 

Si el poder para actos de dominio se refiere a uno o más inmuebles se requiere copia simple del título de propiedad de los mismos a nombre del otorgante del poder.

Para la formalización de poder general para actos cambiarios se requiere:

  • Datos generales del otorgante (nombre completo, domicilio, ocupación, estado civil, Constancia de Situación Fiscal Actualizada o Cédula Fiscal, Clave Única de Registro de Población (CURP) y credencial de elector vigente o pasaporte; y
  • Nombre completo del apoderado.

Con fundamento en la Fracción IV del Artículo 3009 del Código Civil del estado de Coahuila de Zaragoza, reformado y vigente a partir del día 13 de julio del año 2019, los poderes tendrán una vigencia de 3 años contados a partir de la fecha de su otorgamiento